sábado, 16 de mayo de 2020

Fase I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad


               Fase I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad y la escalada Indoor.

               Como Presidenta del Club de Escaladores del Pirineo y debido al aluvión de consultas que he recibido sobre la reapertura de las instalaciones del rocódromo municipal de Jaca (del que este Club tiene una cesión para su uso) me veo en la obligación de expresar públicamente cual es la posición que se va a mantener al respecto.

               Dicha posición está basada en el extricto cumplimiento de la legislación vigente (en concreto de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo) y en la responsabilidad que conlleva para un Club sin ánimo de lucro gestionar una instalación deportiva abierta al público.

               Hay que partir de la base de que la Fase I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, en la cual nos encontramos a día de hoy, está pensada principalmente con la finalidad de reactivar la economía.

               Dicho esto, en lo que se refiere a las Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva, más concretamente en el Art. 42 referente a Actividad deportiva individual con cita previa en centros deportivos, se establece la obligatoriedad de cumplir, entre otros muchos, con unos requisitos indispensables, los cuales son:

                              1) CARÁCTER INDIVIDUALIZADO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA.

Aclarando dentro de este punto que solo permitirá la atención a UNA PERSONA POR ENTRENADOR Y POR TURNO. Matizando posteriormente que si el Centro o Instalación cuenta con varios entrenadores podrá prestar servicio a tantos clientes como entrenadores tenga, siempre que no supere el 30% del aforo de usuarios.

A nuestro entender, este requsito, descarta la posibilidad de abrir un Centro o Instalación deportiva (en nuestro caso rocódromo o sala de boulder) a usuarios que no precisen de la asistencia de un profesional, ya sea un entrenador como dice la norma, monitor o trabajador de la instalación.

Asimismo entendemos que lo que sí estaría permitido en esta Fase I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, sería dar clases de escalada con monitor personal (véase cursillistas) o realizar entrenamientos individuales con un entrenador personal (véase escaladores con entrenamientos dirigidos).

                              2) LA ACTIVIDAD DEPORTIVA DEBE REALIZARSE SIN CONTACTO FÍSICO.

                              3) CON CITA PREVIA.

                              4) RESPETANDO SIEMPRE LA DISTANCIA DE SEGURIDAD DE 2 METROS ENTRE PERSONAS.

                              5) LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LA INSTALACIÓN AL MENOS AL INICIO Y FIN DE LA ACTIVIDAD, ASÍ COMO DE TODO EL MATERIAL UTILIZADO ENTRE LOS TURNOS ESTABLECIDOS.



               De todo lo dicho y partiendo de la premisa que antes hemos expuesto, esto es, que la  Fase I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad está ideada principalmente para la reactivación de la economía, se deduce que lo que se está permitiendo en este momento, es que Centros o Instalaciones deportivas que cuenten con los medios y el personal suficiente, puedan reanudar su actividad laboral, cumpliendo siempre con las condiciones antes enumeradas de forma no exhaustiva.

               Con todo lo expuesto creo que queda claro que a día de hoy y en la Fase I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad en la que nos encontramos, el Club de Escaladores del Pirineo no reune los requisitos mínimos para poder abrir las instalaciones del rocódromo municipal de Jaca de una manera legal, responsable, segura y sin poner en riesgo la salud de nadie.

               A medida que avancemos en el proceso de desescalada y cambiemos de Fase analizaremos nuevamente la normativa y comunicaremos oportunamente nuestra posición. Cualquier decisión que se tome en un futuro al respecto, estará autorizada por el Servicio Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Jaca.




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