Fase I del Plan para la Transición hacia
una Nueva Normalidad y la escalada Indoor.
Como Presidenta del Club de
Escaladores del Pirineo y debido al aluvión de consultas que he recibido sobre
la reapertura de las instalaciones del rocódromo municipal de Jaca (del que este
Club tiene una cesión para su uso) me veo en la obligación de expresar públicamente cual es la
posición que se va a mantener al respecto.
Dicha posición está basada en el
extricto cumplimiento de la legislación vigente (en concreto de la Orden
SND/399/2020, de 9 de mayo) y en la responsabilidad que conlleva para un
Club sin ánimo de lucro gestionar una instalación deportiva abierta al público.
Hay que partir de la base de que
la Fase I del Plan para la Transición
hacia una Nueva Normalidad, en la cual nos encontramos a día de hoy, está
pensada principalmente con la finalidad de reactivar la economía.
Dicho esto, en lo que se refiere
a las Condiciones en las que debe
desarrollarse la actividad deportiva, más concretamente en el Art. 42
referente a Actividad deportiva
individual con cita previa en centros deportivos, se establece la
obligatoriedad de cumplir, entre otros muchos, con unos requisitos
indispensables, los cuales son:
1) CARÁCTER INDIVIDUALIZADO DE
LA ACTIVIDAD DEPORTIVA.
Aclarando dentro de
este punto que solo permitirá la atención a UNA PERSONA POR ENTRENADOR Y POR TURNO. Matizando posteriormente
que si el Centro o Instalación cuenta con varios entrenadores podrá prestar
servicio a tantos clientes como entrenadores tenga, siempre que no supere el
30% del aforo de usuarios.
A nuestro entender,
este requsito, descarta la posibilidad de abrir un Centro o Instalación
deportiva (en nuestro caso rocódromo o sala de boulder) a usuarios que no
precisen de la asistencia de un profesional, ya sea un entrenador como dice la
norma, monitor o trabajador de la instalación.
Asimismo entendemos
que lo que sí estaría permitido en esta Fase
I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, sería dar clases
de escalada con monitor personal (véase cursillistas) o realizar entrenamientos
individuales con un entrenador personal (véase escaladores con entrenamientos
dirigidos).
2) LA ACTIVIDAD DEPORTIVA DEBE
REALIZARSE SIN CONTACTO FÍSICO.
3) CON CITA PREVIA.
4) RESPETANDO SIEMPRE LA DISTANCIA DE SEGURIDAD DE 2
METROS ENTRE PERSONAS.
5) LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LA
INSTALACIÓN AL MENOS AL INICIO Y FIN DE LA ACTIVIDAD, ASÍ COMO DE TODO EL
MATERIAL UTILIZADO ENTRE LOS TURNOS ESTABLECIDOS.
De todo lo dicho y partiendo de
la premisa que antes hemos expuesto, esto es, que la Fase I del Plan para la
Transición hacia una Nueva Normalidad está ideada principalmente para la
reactivación de la economía, se deduce que lo que se está permitiendo en este
momento, es que Centros o Instalaciones deportivas que cuenten con los medios y
el personal suficiente, puedan reanudar su actividad laboral, cumpliendo
siempre con las condiciones antes enumeradas de forma no exhaustiva.
Con todo lo expuesto creo que
queda claro que a día de hoy y en la Fase
I del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad en la que nos
encontramos, el Club de Escaladores del Pirineo no reune los requisitos mínimos
para poder abrir las instalaciones del rocódromo municipal de Jaca de una
manera legal, responsable, segura y sin poner en riesgo la salud de nadie.
A medida que avancemos en el
proceso de desescalada y cambiemos de Fase analizaremos nuevamente la normativa
y comunicaremos oportunamente nuestra posición. Cualquier decisión que se tome en un futuro al respecto, estará autorizada por el Servicio Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Jaca.
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